CONCILIACION

Conciliación

Empresarios sonriendo y saludandoConciliación
Es un mecanismo por medio del cual dos o más personas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, de manera autónoma y con plenos efectos legales, la solución de sus conflictos con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado Conciliador. El acta de acuerdo tiene los mismos efectos de una sentencia.
Asuntos conciliables: son conciliables todos los asuntos susceptibles de transacción y desistimiento.
Efectos: el acuerdo conciliatorio se plasma en un documento llamado acta de conciliación que hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo.

Para acceder a este servicio debe presentarse:

  1. Solicitud escrita, la cual debe contener la identificación de las partes (nombre, documento de identidad, dirección, teléfono, fax y correo electrónico), una relación de los hechos que dieron origen al conflicto y lo que se pretende a través de la conciliación, con la respectiva estimación económica o con la manifestación de que sus pretensiones carecen de valor.
  2. Todos aquellos documentos que la parte solicitante considere que sirvan de soporte a la solicitud, como: poder, certificados de existencia y representación legal, matrículas inmobiliarias, escrituras, entre otros.
  3. Copias de traslado para los solicitados.

Duración de un trámite conciliatorio: Máximo 3 meses.




Eficacia, rapidez e informalidad: La conciliación no está sometida a formalismos excesivos y dilatorios y se desarrolla, normalmente, en una sola audiencia al término de la cual, en caso de haber logrado la solución de la controversia, se firma un acta de conciliación.
Validez: El acuerdo logrado en virtud de la conciliación, resuelve de manera definitiva la controversia discutida y es de obligatorio cumplimiento para todas las partes involucradas.
Participación de las partes e idoneidad de los conciliadores: El acuerdo conciliatorio es el resultado de la negociación directa de las controversias por las partes mismas. Los conciliadores nombrados por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición son expertos en los temas jurídicos debatidos, en técnicas de negociación y en sociología de los conflictos y, por tanto, son los mejores facilitadores para que las partes logren sus acuerdos.
Comodidad, privacidad y confidencialidad: El Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición dispone de modernas instalaciones en donde las partes, de manera confortable y privada, podrán buscar la solución directa de sus diferencias. Las discusiones, los argumentos de las partes y los acuerdos serán reservados y respecto de los mismos, se conservará estricta confidencialidad.

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